El principal objetivo del informe de idoneidad es garantizar la protección del menor en situación de desamparo y su bienestar en su nueva familia. Se valoran positivamente la madurez de los futuros padres y la estabilidad de la pareja. Se consideran motivaciones inadecuadas para la adopción todas aquellas que proyectan en el menor un medio para solucionar los problemas de pareja, sustituir un hijo fallecido…
El informe de idoneidad es el documento que acredita a los futuros padres que son aptos para atender las necesidades de los niños adoptados.
Esto es así desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/1996. Este documento es una garantía para ejercer la paternidad y se realiza en el momento de solicitar la adopción nacional.
Estos informes tienen validez de tres años. En la mayoría de las ocasiones son suficientes entre tres y cuatro charlas con un psicólogo y un trabajador social para obtener todos los datos.
En el certificado de idoneidad se valora positivamente los siguientes puntos:
- Estabilidad y madurez emocional que permitan que el niño se desarrolle armónicamente.
- La existencia de motivaciones y actitudes para la adopción.
- La relación de pareja. Las parejas deben tener una relación estable y positiva.
- Aptitudes básicas para la educación del menor.
En cambio se valora negativamente los siguientes puntos:
- La existencias de una psicopatología en alguno de sus miembros.
- Motivaciones inadecuadas para la adopción como la adopción como medio para resolver una patología o desajuste en la pareja, tener un heredero, medio de promover una causa social, sustituir un hijo fallecido.
- La existencia de duelos no elaborados.
- Desajustes graves en la relación entre los futuros adoptantes.
- La existencia de elevados niveles de estrés sin perspectiva de cambio.
- La oposición de adoptar de alguno de los miembros de la pareja.
- El rechazo a asumir los riesgos inherentes a la adopción, así como la presencia de expectativas rígidas respecto al niño y a su origen socio-familiar.
ÍNDICE DE CONTENIDOS ¿Sabías que…?Si estás pensando en adoptar a un bebé, debes dirigirte a los Servicios de Protección del Menor de tu comunidad autónoma. Allí te proporcionarán la información y los documentos que debes cumplimentar. Una vez formalizada la adopción y conseguida la idoneidad, formarás parte de una lista de espera. Tras la asignación del menor, se formalizará el Acogimiento Familiar Preadoptivo, que puede ser administrativo o judicial. El último paso lo debe dar un juez, dictando el auto de adopción que permite a la familia inscribir al menor en el Registro Civil y proporcionarle unos apellidos. |