Familia¿Cuáles son tus derechos para conciliar vida laboral, familiar y personal?

¿Cuáles son tus derechos para conciliar vida laboral, familiar y personal?

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¿Realmente conoces bien tus derechos? Quizás sepas cuánto dura el permiso de maternidad, pero ¿sabías que también tienes derecho a una reducción de jornada o a una excedencia para el cuidado de tus hijos? Algunos derechos están retribuidos. Otros no. ¡Conócelos!

Permisos retribuidos

Permiso de maternidad, 16 semanas para el cuidado de tu bebé

  • Las 16 semanas de permiso se amplían a 2 semanas más en caso de nacimiento, adopción o acogida de hijos con discapacidad.
  • El padre puede hacer uso de este permiso en caso de fallecimiento de la madre.
  • Se puede hacer uso de este permiso en caso de fallecimiento del niño.
  • En el caso de nacimientos prematuros, el permiso se hace efectivo a partir de la salida del hospital y hasta un máximo de 13 semanas.

Permiso de paternidad, ¡solo 13+2 para el padre!

  • Los padres también tienen permiso de paternidad, pero consideramos que es insuficiente: ¡solo 15 días!
  • La prestación económica equivale al 100% de la base reguladora.
  • En caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, se amplía en 2 días más por cada hija o hijo a partir del segundo.
  • En 2009 se amplió el permiso a 20 días para los casos de familia numerosa, de ser familia numerosa con el nuevo nacimiento o si en la familia hay una persona con discapacidad.
  • El permiso se amplió a 22 días por cada hijo a partir del segundo si uno de ellos nace con alguna discapacidad en un grado igual o superior al 33%.
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Permiso de lactancia, 1 hora para alimentar al bebé

  • El permiso de lactancia corresponde a 1 hora diaria, que puede ser acumulada en días libres.
  • También se contempla la posibilidad de acumular el permiso en jornadas completas.
  • Cuando el padre y la madre trabajan, puede ser disfrutado indistintamente por una u otro.
  • Este permiso se incrementa proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
  • Suspensión del contrato por riesgo durante la lactancia natural con una prestación del 100% de la base reguladora

Vacaciones, derecho a disfrutar

  • Se recoge el derecho al disfrute fuera de los períodos de incapacidad temporal por embarazo, parto o lactancia en caso de coincidencia con la suspensión por paternidad o maternidad

Otros permisos retribuidos

  • Todos tenemos derecho a 2 días (4 si es necesario un desplazamiento) en caso de fallecimiento, accidente o enfermedad grave de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • También es posible en caso de hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, siempre que sea necesario reposo domiciliario.

¿Sabías que también tienes otros permisos no retribuidos?

Si tienes un hijo menor de 8 años o tienes que hacerte cargo de algún familiar con alguna discapacidad, puedes acogerte a la jornada reducida. El salario se reduce entre 1/8 y la mitad del mismo. Pero también puedes acogerte a diferentes excedencias para uso y disfrute personal o para el cuidado de un hijo o de algún familiar.

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