La adopción¿Qué trámites debemos realizar para adoptar a un niño en España?

¿Qué trámites debemos realizar para adoptar a un niño en España?

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Adoptar un niño en España puede llegar a ser un proceso tedioso, pero los trámites son simples. Los futuros padres han de solicitar el procedimiento de declaración de idoneidad, en el servicio de protección de menores de la Comunidad Autónoma en que residan. Tendrán que someterse a un estudio psicológico y social, además de realizar un cursillo, que garanticen el bienestar del menor en su nuevo hogar.

Las familias interesadas en adoptar a un niño en España deben dirigirse al servicio de protección de menores de la Comunidad Autónoma en la que residan y solicitar el procedimiento de declaración de idoneidad. Este documento es muy importante ya que, una vez obtenida la idoneidad, garantiza que la familia es apta para adoptar.

La adopción nacional se divide en dos partes:

  • En el momento de solicitar el certificado de idoneidad, un equipo de profesionales informa a las familias sobre las opciones que disponen en cada caso y explican a los padres interesados cómo se va a desarrollar el proceso. Una vez iniciado el proceso, los padres adoptantes tienen que realizar un cursillo y después, pasar un estudio psicólogico y social para obtener la idoneidad. En algunas comunidades los evaluadores (un psicólogo y un trabajador social) analizan las circunstancias afectivas, sociales, laborales y económicas de cada familia al tiempo que los futuros padres realizan los cursillos.
  • Una vez conseguido el certificado de idoneidad, el siguiente paso es esperar a la asignación del menor. El tiempo que dura este proceso depende de la disponibilidad de menores en adopción.
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En España, por lo general, el menor vive con los futuros padres en régimen de acogimiento preadoptivo, antes de que un juez dicte una resolución judicial para que la adopción del niño se formalice desde el punto de vista legal.

El objetivo es favorecer la adaptación del menor a la familia antes de formalizar la propuesta. El periodo de convivencia es aproximadamente de entre seis meses y un año. Una vez que el niño es adoptado es necesario inscribirlo en el Registro Civil.

Sobre el autor

Miriam Rodríguez Murphyhttps://www.elbebe.com/
Especialista en la redacción y edición de contenidos sobre una amplia variedad de temáticas desde el embarazo y el parto hasta la crianza y el desarrollo y la educación de bebés y niños. Miriam Rodríguez Murphy creó Elbebe.com en el año 2000, un portal pionero en ofrecer información de calidad y contrastada por especialistas sobre maternidad e infancia. Cuenta desde sus inicios con un equipo editorial formado por médicos especialistas, psicólogos y profesionales sanitarios para supervisar todos los contenidos relacionados con la salud de la madre y del bebé y niño. Se ha dedicado durante toda su trayectoria profesional a la redacción y edición de una amplia gama de contenidos, especializándose desde hace 23 años en información para madres y padres. Miriam Rodríguez es un referente en la creación de webs sobre maternidad e infancia en España y América Latina. Ha publicado artículos en medios online como Serpadres y MarieClaire, entre otros.

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