Las ayudas, de entre 100 y 200 euros mensuales, están destinadas a los niños de 0 a 3 años que no consiguieron plaza en la red municipal de escuelas infantiles y que están escolarizados en centros privados durante este curso 2019/2020. Estas ayudas se percibirán durante 11 meses.
El plazo para solicitar estas becas es de 20 días naturales. Una vez resuelta la convocatoria, las ayudas se abonarán en un único pago mediante transferencia bancaria y tendrán carácter retroactivo.
Estas ayudas, que cuentan con una partida presupuestaria de 3,3 millones de euros, están destinadas a familias con niños de cero a tres años que estén actualmente escolarizados en centros privados de educación infantil ubicados en el municipio de Madrid y que, habiéndolo solicitado, no hayan obtenido plaza en la red pública municipal.
Para las familias con rentas per cápita iguales o inferiores a 9.473 euros, el importe será de 200 euros mensuales durante 11 meses. Para el resto de las familias el importe será de 100 euros mensuales durante un máximos de 11 meses.
Esta ayuda es incompatible con otras ayudas para la escolarización que pudieran conceder otras administraciones públicas para el curso 2019/2020.
La solicitud de las becas puede tramitarse presencialmente en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid o de forma telemática a través de la sede electrónica municipal. En este caso necesitas disponer de algún certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
Requisitos para solicitar las becas infantiles
- Familias con niñas o niños de 0 a 3 años.
- Tener el domicilio familiar en el municipio de Madrid.
- Estar matriculados en el curso 2019/2020 en centros de titularidad privada ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
- Haber solicitado y no haber obtenido plaza en la red pública municipal del Ayuntamiento de Madrid o en las plazas en escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos municipales para el curso 2019/2020.
- No haber percibido de otra administración pública para el curso 2019/2020 otra ayuda para la escolarización de la niña o niño para quien se solicita la ayuda objeto de esta convocatoria.
- No ocupar plazas sostenidas con fondos públicos.
- No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
Pueden solicitar la ayuda la madre, padre, tutor/a o representante legal de la niña o niño en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM.
La solicitud puede realizarse electrónica o presencialmente.
Para la presentación electrónica debes acceder a la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid y disponer de un certificado electrónico.
Para solicitar la beca presencialmente debes acudir a las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Documentación que se debe presentar con la solicitud
- Anexo I. Firma del otro progenitor. Excepto familias monoparentales o excepciones incluidas en instrucciones de la solicitud.
- Anexo II. Certificado de matriculación del niño para cuya escolarización se solicita la ayuda.
- Documentación acreditativa de la fecha de nacimiento y filiación de la niña o del niño (fotocopia del libro de familia, partida de nacimiento o documento similar).
En caso de no autorizar la consulta al Ayuntamiento de Madrid, debes presentar:
- Documentación acreditativa del nivel de renta.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.