La adopción¿Qué significa adoptar a un niño?

¿Qué significa adoptar a un niño?

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A la hora de tomar una decisión tan importante como la de adoptar un niño, los futuros padres deben estar dispuestos a asumir las obligaciones que ello acarrea sin olvidar que la adopción, a diferencia del acogimiento familiar, supone un compromiso definitivo. La adopción ha de hacerse pensando en el menor y debe estar motivada por el deseo de criarlo y educarlo como a un hijo biológico.

La adopción es un recurso que tiene como fin proporcionar una familia a los niños que carecen de ella.

La familia es una de las instituciones más importantes para la construcción de nuestra identidad y bienestar psicológico. Forma parte de lo que somos e influye en la visión que tenemos de nosotros mismos y que proyectamos hacia los demás.

Con la familia, los niños desarrollan su personalidad, crecen, juegan, se divierten, descubren el mundo, aprenden a relacionarse con los demás y a vivir en sociedad.

Los Derechos del Niño, aprobados por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1959, establecen que todos los niños y niñas del mundo tienen derecho a una familia. Y este derecho es universal y necesario para el desarrollo de la buena infancia. 

La adopción es un acto jurídico que establece un juez y que supone la creación de un vínculo de parentesco civil entre adoptante y adoptado totalmente comparable a los vínculos naturales que se establecen entre padres e hijos. Esto significa ser padres del niño asumiendo los deberes y obligaciones que este hecho acarrea. 

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La adopción no puede constituirse para asumir una carencia de los padres, como no poder tener hijos o haber sufrido la pérdida de un niño. Tampoco puede establecerse por una pretensión egoísta de los padres, como aliviar un sentimiento de soledad para sentirse acompañados. Ni siquiera se debe adoptar simple y llanamente por solidaridad con los niños menos favorecidos.

Las adopciones, una vez que se constituyen, son para toda la vida. Los niños no son un objeto, ni un producto que se pueda devolver. Ésta es una de las grandes diferencias con respecto al acogimiento, que dura (en función del tipo de acogimiento) hasta que los problemas de los padres que los incapacitaban para cubrir las necesidades de los niños se resuelven.

Sobre el autor

Miriam Rodríguez Murphyhttps://www.elbebe.com/
Especialista en la redacción y edición de contenidos sobre una amplia variedad de temáticas desde el embarazo y el parto hasta la crianza y el desarrollo y la educación de bebés y niños. Miriam Rodríguez Murphy creó Elbebe.com en el año 2000, un portal pionero en ofrecer información de calidad y contrastada por especialistas sobre maternidad e infancia. Cuenta desde sus inicios con un equipo editorial formado por médicos especialistas, psicólogos y profesionales sanitarios para supervisar todos los contenidos relacionados con la salud de la madre y del bebé y niño. Se ha dedicado durante toda su trayectoria profesional a la redacción y edición de una amplia gama de contenidos, especializándose desde hace 23 años en información para madres y padres. Miriam Rodríguez es un referente en la creación de webs sobre maternidad e infancia en España y América Latina. Ha publicado artículos en medios online como Serpadres y MarieClaire, entre otros.

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