¿Estás pensando en adoptar a un bebé? ¿Qué se valora en el informe de idoneidad?

Informe de idoneidad para las familias que quieren adoptar
El informe de idoneidad es el documento que acredita a los futuros padres que son aptos para atender las necesidades de los niños adoptados.
Esto es así desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/1996. Este documento es una garantía para ejercer la paternidad y se realiza en el momento de solicitar la adopción nacional.
Estos informes tienen validez de tres años. En la mayoría de las ocasiones son suficientes entre tres y cuatro charlas con un psicólogo y un trabajador social para obtener todos los datos.
En el certificado de idoneidad se valora positivamente los siguientes puntos:
- Estabilidad y madurez emocional que permitan que el niño se desarrolle armónicamente.
- La existencia de motivaciones y actitudes para la adopción.
- La relación de pareja. Las parejas deben tener una relación estable y positiva.
- Aptitudes básicas para la educación del menor.
En cambio se valora negativamente los siguientes puntos:
- La existencias de una psicopatología en alguno de sus miembros.
- Motivaciones inadecuadas para la adopción como la adopción como medio para resolver una patología o desajuste en la pareja, tener un heredero, medio de promover una causa social, sustituir un hijo fallecido.
- La existencia de duelos no elaborados.
- Desajustes graves en la relación entre los futuros adoptantes.
- La existencia de elevados niveles de estrés sin perspectiva de cambio.
- La oposición de adoptar de alguno de los miembros de la pareja.
- El rechazo a asumir los riesgos inherentes a la adopción, así como la presencia de expectativas rígidas respecto al niño y a su origen socio-familiar.
¿Sabías que...?Si estás pensando en adoptar a un bebé, debes dirigirte a los Servicios de Protección del Menor de tu comunidad autónoma. Allí te proporcionarán la información y los documentos que debes cumplimentar. Una vez formalizada la adopción y conseguida la idoneidad, formarás parte de una lista de espera. Tras la asignación del menor, se formalizará el Acogimiento Familiar Preadoptivo, que puede ser administrativo o judicial. El último paso lo debe dar un juez, dictando el auto de adopción que permite a la familia inscribir al menor en el Registro Civil y proporcionarle unos apellidos. |
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La media de espera en España es de ocho años, frente a los dos de algunos países extranjeros como China.

La adopción es un recurso que tiene como fin proporcionar una familia a los niños que carecen de ella.

¿Qué es el acogimiento familiar?
A diferencia de la adopción, el acogimiento permite que el niño no rompa el vínculo de unión jurídico y afectivo con su familia biológica.