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08 de Septiembre de 2008

Embarazo :: Baja por maternidad

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Derechos del padre

El permiso de paternidad

Hasta ahora la duración del permiso de paternidad era sólo de 2 días. Gracias a la Ley de Igualdad, aprobada en marzo de 2007, el permiso se amplía hasta los 15 días.

Se trata de una buena noticia para los padres y las madres que quieren compartir con su pareja los primeros días de su una nueva familia.

Los beneficiarios de esta nueva normativa son los trabajadores por cuenta ajena y cuenta propia, incluidos los contratados para la formación y a tiempo parcial, que pueden disfrutar de este permiso en los supuestos de paternidad, adopción, y acogimiento familiar, preadoptivo o permanente.

El trabajador puede disfrutar de estos 15 días, pero en el caso de que, por cualquier circunstancia, decida reducir este periodo y recuperar su ritmo laboral habitual, puede hacerlo de la misma manera que una mujer renuncia a su permiso de maternidad.

En este sentido, los padres deben saber que los días restantes los perderá, sin posibilidad de guardarlos para próximos nacimientos, ni para periodos vacacionales.

La decisión de que el permiso sea a tiempo completo o parcial debe hacerse de acuerdo con la empresa.

Por otra parte, al contrario que la prestación por maternidad que puede iniciarse antes del parto, la prestación por paternidad empieza justo el día del nacimiento del bebé o de la fecha de la resolución judicial de adopción o de la decisión administrativa o judicial de acogimiento.

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¿Cómo se solicita?

Se debe solicitar al médico del Servicio Público de Salud un informe de maternidad, quedándose el padre con una copia y otra el Servicio Público de Salud.

Asimismo, el trabajador necesita tener preparada su documentación personal —documento nacional de identidad o tarjeta de residencia, NIF, libro de familia y la documentación relativa a la cotización— acompañada de otros documentos específicos para cada caso, según se trate de un parto natural, de una adopción o un acogimiento.

El trabajador debe entregar a la empresa el informe original de maternidad y ésta se lo devolverá debidamente cumplimentado.

El beneficiario también deberá cumplimentar el modelo oficial de la solicitud de paternidad, adopción o acogimiento y entregar toda la documentación en alguno de los 43 centros de la Red CAIS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social).
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La importancia de la Ley de Igualdad

La Ley de Igualdad está escrita pensando en el conjunto de los ciudadanos. Según el texto, se trata de “una apuesta estratégica para el desarrollo económico de nuestro país que aumenta la calidad democrática y que supone el restablecimiento de los derechos de hombres y mujeres”.

La actual normativa reconoce el derecho a la igualdad de trato entre hombres y mujeres, mediante la erradicación de cualquier tipo de discriminación femenina, sea cual sea su circunstancia, en cualquiera de los ámbitos de la vida política, civil, laboral, económica, social y cultural.

Entre sus medidas principales se contempla:

  • Un permiso de paternidad de 15 días (ampliable a un mes dentro de ocho años).
  • Un subsidio de maternidad para las mujeres que no tengan el periodo mínimo de cotización exigido.
  • La liberación de pagar las cuotas a la Seguridad Social de las madres trabajadoras autónomas durante el periodo de baja.
  • La exención de las empresas de pagar las cuotas de la Seguridad Social de la persona que solicite la baja por maternidad o paternidad.
  • Una serie de medidas que favorecen la igualdad entre hombres y mujeres en la representación electoral, las políticas públicas, el sistema educativo, etc.

Sin embargo, todavía queda un largo camino por recorrer para conseguir la igualdad entre hombres y mujeres.  Algunos datos que lo demuestran son:
  • La mujer española gana un 28 por ciento menos que el hombre.
  • Por cada hombre que abandona su puesto de trabajo por razones familiares, lo hacen 27 mujeres.
  • Las empresas del Ibex 35 (las más relevantes del mercado español) sólo cuentan con un 2,5 por ciento de mujeres en sus Consejos de Administración.
  • De cada 10 contratos temporales, 8 son ocupados por mujeres y el 78 por ciento de los contratos a tiempo parcial, también.
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