Se trata de otro de los derechos que pueden disfrutar las madres y padres que por motivos familiares se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
La duración del permiso se puede prolongar hasta que el menor cumpla 6 años. En los demás supuestos no existe ningún límite en cuanto al tiempo que dure este derecho.
Una vez que se disfruta de este derecho, el salario se reduce de forma proporcional a la reducción de jornada.
Si se disfruta una reducción de un tercio, el salario se reduce proporcionalmente en un tercio, si la reducción de la jornada es de la mitad de la jornada, el salario se reduce a la mitad.
Esta reducción afecta tanto al salario base como a los complementos salariales que figuran en la nómina del trabajador y por los que se cotice a la Seguridad social.
La empresa no puede obligar a disfrutar del permiso de reducción de jornada en el horario que más le convenga, sino que es el trabajador quien tiene que decidir la concreción horaria y la determinación del periodo para disfrutar de la reducción de jornada por cuidado de familiares.
En este sentido, si hay discrepancias entre la empresa y el trabajador se puede presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social.
El modo en que se realiza es a través de un procedimiento específico para estas reclamaciones, que está previsto en la Ley de Procedimiento Laboral.
El objetivo final de esta reclamación es reconocer el ejercicio de este permiso.
La Ley no exige que se haga por escrito, pero por razones de seguridad jurídica para trabajador, es recomendable.
No existe un modelo oficial de solicitud, simplemente hay que hacer constar cuánto se va a reducir la jornada, el horario de trabajo que se propone realizar y la duración del periodo de disfrute. También es necesario señalar la fecha de inicio y de finalización del mismo.
Al igual que ocurre en el derecho de excedencia laboral, cualquiera de los dos progenitores puede solicitar la reducción de jornada, independientemente de la situación laboral del otro progenitor.
En caso de que la empresa despida al trabajador cuando éste solicita la reducción de jornada, se debe demandar a la empresa por despido improcedente.
Para hacerlo, es necesario realizar los trámites antes de que transcurran los veinte días siguientes a la notificación del despido.