03/04/2008
Redacción/elbebe.com
El Instituto Nacional del Consumo, de acuerdo con la Decisión 2006/502/CE de la Comunidad Europea, prohibió el pasado 11 de marzo de 2008 la comercialización de encendedores que no cumplan con una serie de medidas que garanticen la seguridad de los bebés y niños.
A partir de ahora los fabricantes de mecheros no podrán comercializar:
1. Mecheros que se puedan encender fácilmente por la fuerza o destreza de los niños menores de cuatro años.
2. Accesorios o fundas para mecheros que por su apariencia se asemejen a objetos utilizados con frecuencia por bebés o niños.
3. Encendedores que puedan resultar atractivos para los niños por su forma parecida a personajes de dibujos animados, juguetes, pistolas, relojes, teléfonos, instrumentos musicales, coches, figuras humanas o partes de ella, animales, alimentos o bebidas.
4. Dispositivos generadores de llama que incorporen efectos visuales, de sonido o de movimiento como destellos de luz, notas musicales, objetos móviles u otros efectos divertidos para los bebés y niños.